
Del Monte Tabor Al Puente
Desde Dentro - sábado, 28 de febrero 2026
Esperanza con Método
Las Jornadas Jurídicas de Pastoral Penitenciaria que celebramos en Madrid los días 27 y 28 de febrero nos han obligado a formular con claridad algo que a veces intuimos, pero no siempre expresamos con la contundencia necesaria: en el ámbito penal y penitenciario no basta con que el sistema funcione.
Puede hacerlo correctamente y no transformar.
Puede aplicar la norma con precisión y no generar reparación.
Necesita algo más que funcionamiento. Necesita consistencia, previsibilidad y legitimidad. Solo así puede producir responsabilización real, reparación efectiva y reinserción con sentido.
Y esto no es un titular atractivo ni un recurso discursivo. Es el núcleo de nuestro ecosistema de trabajo.
Una coincidencia. O, si se quiere, una sincronicidad.
En el marco de las Jornadas, el director del Departamento de Pastoral Penitenciaria de la Conferencia Episcopal Española, José María Carod, señaló una coincidencia significativa. El evangelio que inspiró la oración de apertura del viernes, Mateo 5,20-26, proclamado ese mismo día, reclamaba una justicia “mayor” que la del mero cumplimiento formal. El proclamado el sábado, Mateo 5,43-48, invitaba a romper la lógica automática de la reciprocidad, incluso frente al enemigo.
Dos textos distintos, pero una misma dirección: no quedarse en la forma, no instalarse en la reacción automática, descender al lugar donde se construyen o se deterioran los vínculos.
Desde Tres Pilares leemos esa coincidencia no solo como referencia espiritual, sino como clave interpretativa para el debate penal contemporáneo. La cuestión es estructural: ¿queremos gestionar consecuencias o intervenir sobre dinámicas?
De la forma al vínculo
La exigencia del evangelio del viernes no invalida la ley; la profundiza. La norma sanciona el acto, pero el daño no empieza en el acto. Se produce antes, en la erosión del vínculo, en el desprecio normalizado, en el resentimiento que termina organizando identidades.
El texto evangélico del sábado denuncia la revancha como principio regulador. Y eso, desde la Criminología, no es asunto menor. Buena parte de la persistencia delictiva se sostiene sobre dinámicas de antagonismo, pertenencias negativas y espirales donde el agravio se convierte en norma de conducta.
Si trasladamos esa secuencia al sistema penal, la progresión es clara. Comprender el proceso que conduce al daño y no solo el daño consumado. Intervenir sobre factores dinámicos y no limitarse a retribuir. Reparar tejido social y no solo cerrar expedientes.
La evidencia criminológica es constante en este punto. El delito no es solo infracción normativa; es deterioro relacional y producción de inseguridad. Una respuesta puramente reactiva puede resolver el caso. Rara vez transforma la trayectoria.
Justicia restaurativa: eficacia o irrelevancia
La justicia restaurativa no puede convertirse en adjetivo amable del sistema penal. O es eficaz o es irrelevante.
Cuando se integra con rigor introduce responsabilización activa, centralidad real de la víctima, reparación verificable y reducción de factores criminógenos dinámicos. Cuando se aplica sin método, se queda en experiencia puntual.
Requiere selección técnica de casos, preparación adecuada de las partes, facilitación cualificada, garantías jurídicas y evaluación de resultados. En intervención criminológica el método no es accesorio; es condición de legitimidad.
Mediación penal, círculos de reparación o encuentros restaurativos son instrumentos específicos. Si el objetivo es disminuir riesgo futuro y fortalecer cohesión social, deben demostrar impacto. De lo contrario, no pasan de ser buena intención.
Coherencia doctrinal y legitimidad
Entre las conclusiones de las Jornadas apareció con claridad una línea de trabajo concreta: avanzar en la homogeneidad entre órganos judiciales, progresar en la unificación de doctrina, mejorar la previsibilidad administrativa y simplificar una burocracia que, en ocasiones, desorienta más que ordena.
Puede parecer una cuestión técnica. No lo es. Es estructural.
La legitimidad se sostiene en equidad, transparencia y coherencia. Cuando casos comparables reciben respuestas divergentes, la percepción de justicia se resiente. Y cuando se resiente, crecen la desafección y las narrativas de agravio que, en determinados perfiles, resultan criminógenas.
Una justicia restaurativa sólida necesita estabilidad en los criterios. Sin consistencia doctrinal, cualquier modelo puede percibirse como privilegio o experimento.
No puede consolidarse restauración donde no hay coherencia.
No solo con los del cuadro de honor
En su intervención previa a la clausura, Raquel Benito, responsable del área jurídica del Departamento de Pastoral Penitenciaria, introdujo una advertencia que no conviene suavizar: no basta con trabajar con los del “cuadro de honor”.
Concentrar la intervención en quienes ya presentan mejores condiciones adaptativas puede ofrecer resultados visibles, pero no altera las dinámicas más complejas.
En prisión existe una franja de exclusión profunda. Personas arrastradas por abandono, consumo, violencia estructural y ruptura relacional prolongada. No siempre son difíciles. Con frecuencia están lejos, lejos del sistema y de cualquier expectativa de cambio.
Y es precisamente ahí donde se concentran mayores factores criminógenos dinámicos. Intervenir sobre esos perfiles no es gesto voluntarista. Es racionalidad preventiva.
Una restauración que solo alcanza a quienes ya estaban mejor posicionados es restauración de escaparate. La intervención estructural es la que se atreve a llegar al margen con continuidad y profesionalidad.
Tres Pilares: intervención criminológica y responsabilidad profesional
Aunque las Jornadas se denominen jurídicas, Tres Pilares se define como un modelo de intervención criminológica y multidisciplinar.
Reinserción no significa solo cumplimiento temporal. Implica evaluación de riesgo y necesidades, análisis de trayectorias, intervención psicosocial y medición de resultados. Aplicar norma no es lo mismo que modificar procesos.
La Clínica Criminológica impulsada con la Universidad de Extremadura se sitúa en esa línea. No se trata de producir discurso, sino de generar intervención con evidencia y transferir conocimiento útil al conjunto de la pastoral penitenciaria y a las instituciones con las que colaboramos.
En ese contexto, la profesionalización de la Criminología no es aspiración corporativa. Es coherencia institucional. Un sistema que aspira a resultados debe ordenar competencias, delimitar funciones y evaluar intervenciones.
Puente, Spes y Lacer: una misma arquitectura
Desde hace años, el Departamento de Pastoral Penitenciaria de la CEE publica el boletín Puente. El nombre no es casual. Un puente no separa, une; no compite con lo existente, lo conecta; no sustituye caminos, los articula.
En esa misma lógica se sitúa Spes, el boletín de Tres Pilares. No nace como alternativa ni como espacio paralelo, sino como complemento técnico y criminológico que enriquece la reflexión pastoral desde una perspectiva aplicada. Si Puente ha sido lugar de encuentro y experiencia compartida, Spes aspira a aportar análisis, sistematización y transferencia de conocimiento.
No son excluyentes. Son tramos de una misma infraestructura.
Y toda infraestructura necesita ingeniería. Por eso el repositorio que sostiene nuestros contenidos se denomina Lacer, en referencia al ingeniero romano asociado al Puente de Alcántara. No es un recurso ornamental. Es una declaración de método: construir con rigor, apoyar en evidencia y diseñar intervenciones que puedan sostenerse en el tiempo.
Puente conecta.
Spes orienta.
Lacer estructura.
No son nombres aislados. Son piezas de una misma arquitectura al servicio de una pastoral penitenciaria más cohesionada, más técnica y, precisamente por ello, más eficaz.
Eje 25: de la declaración a la acción
El horizonte no es multiplicar iniciativas. Es lograr un cumplimiento real, eficaz y evaluable del Eje 25. Intervenir donde aparecen fisuras. Reparar donde el tejido social se debilita. Medir resultados.
No es un planteamiento confesional. Es una visión de cohesión social y seguridad pública.
Una comunidad que integra herramientas restaurativas con rigor reduce reincidencia, fortalece legitimidad institucional y consolida confianza colectiva. Y la confianza es un factor preventivo decisivo.
Si la reinserción es finalidad constitucional, no puede quedarse en formulación teórica. Si la restauración demuestra eficacia, no puede permanecer en la periferia. Y si existen personas profundamente excluidas dentro de prisión, no podemos intervenir solo donde resulta más cómodo.
La esperanza, Spes, no es una emoción. Es una decisión operativa.
Del Monte Tabor al Puente no hay metáfora decorativa. Hay un tránsito metodológico: pasar de la contemplación a la implementación, del diagnóstico a la construcción sostenida.
Y en ese tránsito se define si la justicia será mera respuesta o auténtica transformación social.